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Registros encontrados: 28 Total Páginas: 2
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/02/2024
Resumen: 
Respuesta a la pregunta sobre las condiciones en las que los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado pueden acceder a la historia clínica de los lesionados
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
03/10/2023
Resumen: 
Responsabilidad por vulneración del derecho a la imagen.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/01/2024
Resumen: 
Publicación en un artículo periodístico sobre la condena a prisión a un militar de una fotografía de su esfera privada sin su consentimiento
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/04/2014
Resumen: 
Análisis de la sentencia del Tribunal del Constitucional de 27 de enero de 2014 en la que se dirime si existe intromisión en la intimidad de una persona por la publicación de unas fotografías y el relato de las mismas en una revista.
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
27/01/2014
Resumen: 
Intromisión en la intimidad de una persona por la publicación de unas fotografías y el relato de las mismas en una revista.
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/10/2013
Resumen: 
Responsabilidad por la publicación de un artículo en la sección "Top Secret" del diario digital Canariasahora.com
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/07/2013 | 01/08/2013
Resumen: 
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo del 6 de marzo de 2013 en la que se dirime la responsabilidad por daños en el derecho al honor de unos artículos sobre el actor, acusado de ser criminal nazi.
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/07/2013 | 01/08/2013
Resumen: 
Análisis de la sentencia del Tribunal Supremo de 6 de marzo de 2013 en la que se dirime la responsabilidad por la declaraciones vertidas en un programa de televisión sobre una marca comercial por expresiones como "el dueño de la marca falsa..., la que ha copiado".
9
Título
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
05/06/2013
Resumen: 
Responsabilidad por la publicación de un artículo en la sección "Top Secret" del diario digital Canariasahora.com
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
06/03/2013
Resumen: 
Responsabilidad por daños en el derecho al honor de unos artículos sobre el actor, acusado de ser criminal nazi.
11
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
06/03/2013
Resumen: 
Responsabilidad por la declaraciones vertidas en un programa de televisión sobre una marca comercial por expresiones como "el dueño de la marca falsa..., la que ha copiado".
12
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/11/2010
Resumen: 
Análisis de la sentencia en la que en una situación de conflicto entre vecinos, por el abono de las cuotas debidas a la Comunidad de Propietarios, se colocaron carteles en los que se expresó el carácter moroso de alguno de ellos.
13
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
27/04/2010
Resumen: 
Responsabilidad de una revista humorística "Noticias del Mundo", en la que se publicó un reportaje caricaturesco sobre Isabel Iglesias Preysler. Derecho a la propia imagen, la libertad de expresión ejercida como manipulación de la imagen, derecho a la personalidad y formación de la opinión pública.
14
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
31/03/2010
Resumen: 
Sentencia en la que en una situación de conflicto entre vecinos, por el abono de las cuotas debidas a la Comunidad de Propietarios, se colocaron carteles en los que se expresó el carácter moroso de alguno de ellos.
15
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
03/12/2009
Resumen: 
Acción de protección de la intimidad, ante la agresión que se decía ocasionada a raiz de una información periodística en la que se daban detalles del procedimiento penal seguido contra el actor por ejercer su profesión de psiquiatra estando incapacitado. Recurre en casación la entidad periodística demandada, frente a la sentencia de la Audiencia estimatoria de la intromisión ilegítima. La Jurispru... ver másAcción de protección de la intimidad, ante la agresión que se decía ocasionada a raiz de una información periodística en la que se daban detalles del procedimiento penal seguido contra el actor por ejercer su profesión de psiquiatra estando incapacitado. Recurre en casación la entidad periodística demandada, frente a la sentencia de la Audiencia estimatoria de la intromisión ilegítima. La Jurisprudencia configura la intimidad como aquello que abarca lo que entra en el propio ámbito, lo que constituye el espacio vital de cada uno, sometido a su exclusivo poder, círculo reservado e íntimo, compuesto por datos y actividades que conforman la particular vida existencial de cada persona y autoriza a preservarla de las ingerencias extrañas, salvo que medie autorización libremente practicada. En el presente caso, no se ha vulnerado la intimidad personal o familiar del actor, ya que los recurrentes han informado verazmente de un hecho de relevancia pública o interés general por razón de la persona, pues el actor posee lo que en la doctrina y jurisprudencia se ha denominado "relevancia pública sobrevenida", entendida como aquella que se obtiene por el sujeto al estar íntimamente relacionado con un asunto indiscutiblemente de interés, como lo es un procedimiento penal, debiendo por ello prevalecer la libertad de información. ver menos
16
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
23/11/2009
Resumen: 
HONOR. Las expresiones empleadas no son atentatorias del derecho al honor pues objetivamente no son por si injuriosas u ofensivas, son conceptos que en relación a su persona se recogieron en prensa con carácter previo.
17
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
14/10/2009
Resumen: 
Acción de protección del derecho al honor con ocasión de las manifestaciones realizadas durante una campaña electoral, sobre el nombramiento de la actora, cuñada del Vicepresidente de la Junta de Castilla-La Mancha, como profesora titular interina de Universidad del área de conocimiento de Historia del Arte, adscrita al departamento de Historia del Arte de la Universidad de Castilla-La Mancha. Des... ver másAcción de protección del derecho al honor con ocasión de las manifestaciones realizadas durante una campaña electoral, sobre el nombramiento de la actora, cuñada del Vicepresidente de la Junta de Castilla-La Mancha, como profesora titular interina de Universidad del área de conocimiento de Historia del Arte, adscrita al departamento de Historia del Arte de la Universidad de Castilla-La Mancha. Desestimación de la demanda en ambas instancias. La jurisprudencia admite que se refuerza la prevalencia de la libertad de expresión respecto del honor en contextos de contienda política. Inexistencia de intromisión ilegítima: mera crítica en el marco de una campaña electoral, respecto de un asunto con transcendencia en el ámbito autonómico, sin empleo de palabras o expresiones insultantes o injuriosas, siendo esencialmente veraz la información emitida en la que se apoya la crítica expresada. Además, la actora era persona de proyección pública, pues esta consideración alcanza también a los que guardan relación con la actividad objeto de denuncia ver menos
18
Título
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
07/10/2009
Resumen: 
En el caso enjuiciado prevalece el derecho a la libertad de información sobre el honor y al ejercicio de los cargos públicos del recurrente. La información objeto de controversia tiene relevancia pública e interés general, y afecta a persona con cargo de notoria relevancia pública, a quien se imputan conductas relacionadas con el incremento de su patrimonio y la intervención ante otros poderes púb... ver másEn el caso enjuiciado prevalece el derecho a la libertad de información sobre el honor y al ejercicio de los cargos públicos del recurrente. La información objeto de controversia tiene relevancia pública e interés general, y afecta a persona con cargo de notoria relevancia pública, a quien se imputan conductas relacionadas con el incremento de su patrimonio y la intervención ante otros poderes públicos en favor de determinadas personas. En el supuesto se trata de una entrevista radiofónica a persona que se querelló contra el recurrente, atribuyéndole hechos que podían ser constitutivos de delito. En la entrevista se reflejan las declaraciones de la persona que la presta. Reportaje neutral. Requisito de la veracidad. Las noticias acerca del demandante que luego se fueron ofreciendo procedían en gran medida de otros medios de comunicación. No cabe una nueva valoración de los hechos en su integridad, por tratarse de un cometido impropio del recurso de casación. Falta de carácter insultante o desproporcionado de las expresiones utilizadas para la transmisión de la noticia. La utilización legítima de la libertad de expresión como prevalente frente a otros derechos fundamentales excluye la existencia de abuso del derecho. ver menos
19
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
17/06/2009
Resumen: 
Derecho al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen. Seguimiento de la vida privada de un matador de toros con revelación de datos de su vida intima. Derechos autónomos con un ámbito material diferenciado. Prevalencia de la libertad de expresión y de información sobre derecho al honor siempre que lo manifestado sea veraz, de interés público y no constituya una expresión injuriosa o vej... ver másDerecho al honor, intimidad personal y familiar y propia imagen. Seguimiento de la vida privada de un matador de toros con revelación de datos de su vida intima. Derechos autónomos con un ámbito material diferenciado. Prevalencia de la libertad de expresión y de información sobre derecho al honor siempre que lo manifestado sea veraz, de interés público y no constituya una expresión injuriosa o vejatoria. Honor: ausencia de interés público de la información. Intimidad personal y familiar: delimitación de los derechos de la personalidad a través de lo que, de los actos propios, mantiene cada persona reservado para si misma y su familia. En el ámbito de la intimidad la excepción de veracidad no resulta legitimadora. Existencia de intromisión ilegítima sin que resulte aplicable la doctrina del reportaje neutral que sólo tiene sentido en los casos de información inveraz pero no en el ámbito de la intimidad. Imagen: captación de persona con notoriedad pública en lugar abierto al público. Intromisión ilegítima respecto de la imagen de su hija menor. Necesidad respecto de los menores consentimiento expreso y por escrito de los progenitores, no pudiendo prescindirse de la intervención del Ministerio Fiscal. No cabe plantear a través del recurso de casación civil cuestiones adjetivas propias del recurso extraordinario por infracción procesal. ver menos
20
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
27/05/2009
Resumen: 
El derecho al honor cede ante el derecho a la información cuando ésta verse sobre cuestiones de interés público, sea veraz y esté ausente de expresiones objetivamente injuriosas, debiendo ser diferenciado del derecho a la libertad de expresión u opinión, donde su amplitud resulta mayor que la de la libertad de información, al excluirse la necesidad de veracidad de la información y exigir únicament... ver másEl derecho al honor cede ante el derecho a la información cuando ésta verse sobre cuestiones de interés público, sea veraz y esté ausente de expresiones objetivamente injuriosas, debiendo ser diferenciado del derecho a la libertad de expresión u opinión, donde su amplitud resulta mayor que la de la libertad de información, al excluirse la necesidad de veracidad de la información y exigir únicamente que las expresiones no sean insultantes. En el caso de autos, los artículos informativos publicados sobre el demandante constituyen información veraz teniendo en cuenta la doctrina constitucional y jurisprudencial, y porque las incorrecciones aparecidas en los artículos de prensa no enervan su consideración de sustancialmente veraces y no afectan al núcleo de la información. En cuanto a los artículos de opinión por los que tambíén se demanda, se está ante crítica mordaz pero sin expresiones injuriosas, y vertida en el ámbito político, sobre personaje público, por lo que prevalece el derecho a la libertad de expresión. En relación a la pretensión de indemnización por responsabilidad extracontractual, se concluye que el quebranto psicológico del actor no ha sido motivado por los reportajes publicados en prensa, por lo que el daño no puede ser atribuido a los demandados por faltar el nexo causal exigido para poder aplicar los artículos 1902 y 1903 del Código Civil. ver menos
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