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1
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2024
Resumen:
Actualización de la indemnización e intereses. Aplicación del baremo acordado entre las partes relativo a la fecha de estabilización. En cuanto a los intereses, en el caso de que existan pagos parciales, la aceptación por el perjudicado de una parte de la indemnización no incide en la procedencia de su imposición, sino en la delimitación del período temporal de devengo. Se estima el recurso del pe... ver másActualización de la indemnización e intereses. Aplicación del baremo acordado entre las partes relativo a la fecha de estabilización. En cuanto a los intereses, en el caso de que existan pagos parciales, la aceptación por el perjudicado de una parte de la indemnización no incide en la procedencia de su imposición, sino en la delimitación del período temporal de devengo. Se estima el recurso del perjudicado en cuanto a la primera cuestión y desestima el de la aseguradora en cuanto al segundo. ver menos
2
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/03/2023
Resumen:
Esta cuestión fue abordada por la sentencia del T. S de 1 de febrero de 2022. En ella, el TS alude, en primer lugar, a que en el documento entregado a la asegurada solo consta la firma de esta, no así la de la aseguradora, por lo que no estaríamos ante un acuerdo transaccional, según lo previsto en el art. 1.809 CC.
3
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil | Boletín de Novedades
Fecha:
01/03/2022
Resumen:
El autor hará un análisis del principio valorista, que sirve para actualizar los créditos resarcitorios a la fecha en que son efectivamente pagados, y los intereses moratorios, que también cumplen, entre otras, con la función de actualizar el crédito.
4
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2022
Resumen:
La respuesta motivada realizada por la entidad aseguradora no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 7.4 de la LRCSCVM, por lo que se considera un motivo más para imponer la condena a intereses. Se desestima el recurso de la entidad aseguradora.
5
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/02/2022
Resumen:
Intereses del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro. Cuando únicamente se discrepa de la cuantía de la indemnización postulada en la demanda, ese desacuerdo cuantitativo no constituye causa justificada para la elusión de los intereses. La aceptación de una parte de la indemnización no incide en la procedencia de su imposición, sino en la delimitación del período temporal de devengo. Se estima el... ver másIntereses del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro. Cuando únicamente se discrepa de la cuantía de la indemnización postulada en la demanda, ese desacuerdo cuantitativo no constituye causa justificada para la elusión de los intereses. La aceptación de una parte de la indemnización no incide en la procedencia de su imposición, sino en la delimitación del período temporal de devengo. Se estima el recurso del perjudicado y se desestima la impugnación del recurso efectuado por la entidad aseguradora. ver menos
6
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/11/2020
Resumen:
Cooperativa de viviendas. Cantidades entregadas a cuenta: comienzo del devengo del interés legal. Es remuneratorio de las cantidades anticipadas y, por tanto, exigible desde cada anticipo.
7
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/07/2020
Resumen:
GARANTÍA POR LAS CANTIDADES ANTICIPADAS EN LA CONSTRUCCIÓN Y VENTA DE VIVIENDAS. Intereses: determinación del tipo aplicable (el pactado / el legal) y comienzo de su devengo (desde la entrega / desde la reclamación extrajudicial). Recurso de casación.
8
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora | Actualidad Aseguradora Mediación
Fecha:
22/06/2020
Resumen:
Comentarios a una sentencia sobre la aplicación de cláusulas de intereses financieros en programas de seguros internacionales.
9
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/2014
Resumen:
En este artículo se aborda respecto de los derechos de los usuarios de banca y productos financieros la normativa aplicable, la Ley 10/2014 y la protección de los usuarios, contratos bancarios y servicios financieros y bancarios, préstamos hipotecarios y cláusulas suelo, preferentes, intereses bancarios, comisiones, tarjetas de crédito y débito y servicios de reclamación del Banco de España.
10
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
07/07/2003
Resumen:
Si el artículo 20 de la LCS trata de promover la rápida satisfacción de los daños causados en beneficio de los perjudicados, motivando a las aseguradoras para que procedan a realizar el pago, o al menos, consignen las cantidades potencialmente debidas a favor de los perjudicados, la consignación hecha por el asegurador, con las condiciones señaladas, aun sin previo ofrecimiento de pago al perjudic... ver másSi el artículo 20 de la LCS trata de promover la rápida satisfacción de los daños causados en beneficio de los perjudicados, motivando a las aseguradoras para que procedan a realizar el pago, o al menos, consignen las cantidades potencialmente debidas a favor de los perjudicados, la consignación hecha por el asegurador, con las condiciones señaladas, aun sin previo ofrecimiento de pago al perjudicado, evita el devengo de los intereses moratorios a cargo del asegurador. ver menos
11
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
07/07/2003
Resumen:
Si el artículo 20 de la LCS trata de promover la rápida satisfacción de los daños causados en beneficio de los perjudicados, motivando a las aseguradoras para que procedan a realizar el pago, o al menos, consignen las cantidades potencialmente debidas a favor de los perjudicados, la consignación hecha por el asegurador, con las condiciones señaladas, aun sin previo ofrecimiento de pago al perjudic... ver másSi el artículo 20 de la LCS trata de promover la rápida satisfacción de los daños causados en beneficio de los perjudicados, motivando a las aseguradoras para que procedan a realizar el pago, o al menos, consignen las cantidades potencialmente debidas a favor de los perjudicados, la consignación hecha por el asegurador, con las condiciones señaladas, aun sin previo ofrecimiento de pago al perjudicado, evita el devengo de los intereses moratorios a cargo del asegurador. ver menos
12
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/05/2002
Resumen:
Audiencia Provincial de Almería, sentencia de 19 de mayo de 2001: Daños. Cuantificación del daño corporal. La cuantificación de daño corporal vendrá guiada por el baremo correspondiente a su fecha de entrada en vigor, que fue la anualidad siguiente a la fecha de producción del siniestro, ello sin perjuicio de que la disminución del nominal a través del tiempo transcurrido desde entonces se vea pal... ver másAudiencia Provincial de Almería, sentencia de 19 de mayo de 2001: Daños. Cuantificación del daño corporal. La cuantificación de daño corporal vendrá guiada por el baremo correspondiente a su fecha de entrada en vigor, que fue la anualidad siguiente a la fecha de producción del siniestro, ello sin perjuicio de que la disminución del nominal a través del tiempo transcurrido desde entonces se vea paliada mediante la fijación del interés que se establecerá. ver menos
13
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/04/2002
Resumen:
Sentencia Sala primera de 20 de diciembre de 2001: Régimen especial para la Hacienda Pública en materia de devengo de intereses por las cantidades a cuyo pago haya sido condenada en resolución judicial (art. 921 de la Ley de Enj. Civil de 1881). Solamente es aplicable al Estado y Organismos autónomos.
14
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/09/2001
Resumen:
Sentencia Sala primera de 15 de junio de 2001: Responsabilidad civil extracontractual. Culpa extracontractual del art. 1902 del Código Civil. Prueba documental del art. 1902 del Código Civil. Prueba documental. Omisión de precauciones al realizar una obra peligrosa. Estimación de la demanda de indemnización de daños. Aclaración de sentencia para pago del interés legal a computar desde la fecha de ... ver másSentencia Sala primera de 15 de junio de 2001: Responsabilidad civil extracontractual. Culpa extracontractual del art. 1902 del Código Civil. Prueba documental del art. 1902 del Código Civil. Prueba documental. Omisión de precauciones al realizar una obra peligrosa. Estimación de la demanda de indemnización de daños. Aclaración de sentencia para pago del interés legal a computar desde la fecha de la reclamación judicial. ver menos
15
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/10/2000
Resumen:
Sentencia sala primera del Tribunal Supremo de 21 de marzo de 2000: Contrato de seguro. Interpretación. La aseguradora recurrente sostenía que la cláusula especial de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil sólo cubría la Responsabilidad Civil frente a terceros, no frente a los propios asegurados. La interpretación que efectúa la audiencia (que entiende incluídos a éstos) es razonable y lógic... ver másSentencia sala primera del Tribunal Supremo de 21 de marzo de 2000: Contrato de seguro. Interpretación. La aseguradora recurrente sostenía que la cláusula especial de la póliza de seguro de Responsabilidad Civil sólo cubría la Responsabilidad Civil frente a terceros, no frente a los propios asegurados. La interpretación que efectúa la audiencia (que entiende incluídos a éstos) es razonable y lógica, por lo que queda íncolumen en casación y con ella la no exclusión. Existe una concurrencia de culpas que exige cuantificar una responsabilidad de acuerdo a ellas y se entiende que concurrió en el evento dañoso culpa del agente y de la víctima. Intereses. Mal puede ser la aseguradora penalizada por no haber satisfecho una indemnización cuyo importe dependía previamente de la declaración de aquella concurrencia. ver menos
16
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/11/1999
Resumen:
Responsabilidad civil extracontractual. Responsabilidad del gerente de sociedad por omisión del conocimiento de los contratos de trabajo que se firmaban en su nombre. Pago de intereses por imperativo del art. 921 de la Ley de Enjuiciamiento Civil. Fallecimiento en accidente del trabajador menor de edad contratado.
17
Evento:
Fuente:
Actualidad Aseguradora
Fecha:
19/04/1999
Resumen:
Análisis de un Auto de la Sección 19ª de la Audiencia Provincial de Madrid en el cual se establece que el depósito previo por el importe de la condena en los recursos de apelación en procesos civiles de reclamación de daños y perjuicios derivados del uso y circulación de vehículos a motor es simplemente un presupuesto procesal que carece de eficacia liberadora en cuanto a intereses y que sólo se p... ver másAnálisis de un Auto de la Sección 19ª de la Audiencia Provincial de Madrid en el cual se establece que el depósito previo por el importe de la condena en los recursos de apelación en procesos civiles de reclamación de daños y perjuicios derivados del uso y circulación de vehículos a motor es simplemente un presupuesto procesal que carece de eficacia liberadora en cuanto a intereses y que sólo se paralizan los mismos si el apelado solicita la ejecución provisional de la sentencia. ver menos
18
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/09/1998
Resumen:
Audiencia Provincial de Madrid, Sección 13ª, Sentencia de 23 de abril de 1996: Cuando no ofrece duda que la cantidad reclamada ha exigido la promoción de un juicio para determinar la cuantía exacta de la indemnización a cuyo pago se condena a la entidad demandada, sólo procede el abono de los intereses legales correspondientes desde la firmeza de la sentencia.
19
Evento:
Fuente:
Revista de Responsabilidad Civil
Fecha:
01/04/1998
Resumen:
Sentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 1997: Intereses del artículo 20 (anterior a su nueva redacción en 1995) de la L.C.S.; para aplicarlos se precisa el impago, transcurrido el plazo de tres meses, ha de ser por causa no justificada o que fuere imputable a la entidad aseguradora, y esa justificación y falta de imputabilidad en la no realización del pago, dentro del plaz... ver másSentencia Sala primera del Tribunal Supremo de 3 de noviembre de 1997: Intereses del artículo 20 (anterior a su nueva redacción en 1995) de la L.C.S.; para aplicarlos se precisa el impago, transcurrido el plazo de tres meses, ha de ser por causa no justificada o que fuere imputable a la entidad aseguradora, y esa justificación y falta de imputabilidad en la no realización del pago, dentro del plazo referido, existen cuando la determinación de la causa de la producción del siniestro ha precisado efectuarse por el órgano jurisdiccional. La invocación del artículo 24 de la Constitución ha de hacerse en casación por la vía procesal del ordinal tercero del artículo 1692 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, alegando cuáles son los concretos actos procesales que, al atacar esos derechos constitucionales, han de merecer la sanción de nulidad que previene el artículo 1715-2 de la Ley Procesal. ver menos
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