Sentencia que condena a Línea Directa Aseguradora a abonar la indemnización más intereses de demora por una sustracción de un vehículo que tenía asegurado a todo riesgo y que fue sustraído (hurto) mientras el tomador lo lavaba en una gasolinera. La aseguradora argumentaba que el robo sí estaba cubierto, pero no el hurto, que aparecía entre las exclusiones del condicionado general, pero no en las condiciones particulares ni en las limitativas, en donde se define el robo sin que se excluya el hurto. El tribunal se acoge al artículo 50 de la LCS que define lo que se entiende por `robo`, y entiende que lo sucedido se encuadra dentro de esa categoría y que la supuesta exclusión no tiene efecto, además, por no encontrarse firmado el condicionado general ni el particular.