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Contestación del SEPBLAC a una consulta de INADE
Los corredores deberán realizar la Declaración Semestral Negativa de blanqueo de capitales del primer semestre

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
BDS    Sección   Noticias del sector
Fecha
04/06/2014
Página inicial-final
3-4       Págs. Totales 2
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención de Blanqueo de Capitales e Infracciones monetarias (SEPBLAC) contesta a una consulta de INADE en la que confirma que la entrada en vigor del Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo no excluye el que los corredores de seguros tengan que hacer la Declaración Semestral Negativa ante dicho SEPBLAC, para el periodo correspondiente entre el 1 de enero y el 6 de mayo. Esta Declaración Semestral Negativa será la última que los corredores tendrán que formular ante el Servicio Ejecutivo. Por otra parte, se indican las ventajas que va a suponer la entrada en vigor del citado Real Decreto para los corredores.
Notas
Entidades
INADE  |  SEPBLAC
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