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Responsabilidad Civil Sanitaria: clases y diferencias

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Actualidad Aseguradora    Sección   Análisis Jurídico    Número  17
Fecha
10/05/2004
Página inicial-final
      Págs. Totales
Tipo documento
Descripción física
Resumen
La falta de reclamación en vía administrativa previa contra la Administración sanitaria no es causa de absolución, sino que es obligación del juzgador suspender el proceso hasta el cumplimiento del trámite. Si la responsabilidad patrimonial de la Administración sanitaria es naturaleza objetiva, la del personal a su servicio es subjetiva cuando no se puede probar la infracción de la "lex artis ad hoc". La Administración responde siempre por el normal o anormal funcionamiento de un servicio público, como el sanitario.
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