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Registros encontrados: 10 Total Páginas: 1
1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/11/2021
Resumen: 
El autor explica una sentencia que tiene por acreditado que el demandante sufre daños continuados que tienen su origen en humos y calor provenientes de la chimenea del demandado. Esta circunstancia es relevante, a juicio de la Audiencia, para considerar que existen inmisiones intolerables que afectan al demandado, con independencia de que el local del demandante cumpla o no con las normas administ... ver másEl autor explica una sentencia que tiene por acreditado que el demandante sufre daños continuados que tienen su origen en humos y calor provenientes de la chimenea del demandado. Esta circunstancia es relevante, a juicio de la Audiencia, para considerar que existen inmisiones intolerables que afectan al demandado, con independencia de que el local del demandante cumpla o no con las normas administrativas. Concluye que la prohibición de causar un daño a otro o `alterum non laedere` justifica la adopción de una sentencia en el orden civil. ver menos
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
01/07/2021
Resumen: 
El autor analiza el caso de un propietario de vivienda que encarga en 2006 a un arquitecto la redacción del proyecto de rehabilitación y ampliación de ésta. La ampliación terminó de ejecutarse en 2006. En 2012, el cliente repara en la aparición de una serie de patologías constructivas. Determina como origen y causa de los daños la omisión de un estudio geotécnico del suelo. Por ello, formula deman... ver másEl autor analiza el caso de un propietario de vivienda que encarga en 2006 a un arquitecto la redacción del proyecto de rehabilitación y ampliación de ésta. La ampliación terminó de ejecutarse en 2006. En 2012, el cliente repara en la aparición de una serie de patologías constructivas. Determina como origen y causa de los daños la omisión de un estudio geotécnico del suelo. Por ello, formula demanda en reclamación de indemnización por los daños derivados de los defectos de la construcción. ver menos
3
Título
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
26/11/2010
Resumen: 
Los demandantes eran propietarios de tierras y casas próximas a la fábrica de cemento de la
demandada CEMEX. Desde la instalación de la fábrica en 1966, se habían producido una serie de daños
consistentes en inmisiones por ruido, lumínicas y por polvo provenientes de dicha fábrica.
Inmisiones. Condena de daños futuros. Supuesto de la cuestión. Indemnización.
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/10/2010
Resumen: 
Artículo que aborda diversas cuestiones sobre inmisiones y responsabilidad de la industria a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo de 12 de junio de 2008 en la que se plantean los siguientes hechos. El recurso resuelto por el alto Tribunal Español, enfrentan a la compañía Alumina S. A. y a su filial Aluminio Español S. A., dedicada a la producción y primera transformación de metales no férreo... ver másArtículo que aborda diversas cuestiones sobre inmisiones y responsabilidad de la industria a raíz de una sentencia del Tribunal Supremo de 12 de junio de 2008 en la que se plantean los siguientes hechos. El recurso resuelto por el alto Tribunal Español, enfrentan a la compañía Alumina S. A. y a su filial Aluminio Español S. A., dedicada a la producción y primera transformación de metales no férreos y obtención de aluminio, situada en la localidad de Cervo, Lugo, con un grupo de más de treinta personas, dueñas y poseedoras de los fundos vecinos, los cuales se han visto lesionados sus intereses producto de la actividad inmitente de la compañía demandada. En efecto, esta empresa emitía constantemente a la atmósfera grandes cantidades de flúor desde al año 1981, que se extendían nocivamente a los fundos vecinos, y que generaron perjuicios en la normal producción agrícola de las fincas. Fue así como los dueños y poseedores de los fundos vecinos afectados por las inmisiones de flúor, interpusieron la respectiva demanda ante el Juzgado de Primera Instancia. ver menos
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/04/2009
Resumen: 
Se analiza en esta sentencia la consideración del Tribunal Supremo que manifiesta que el adquiriente de la finca contaminada por actos de un anterior propietario no puede encauzar su pretensión de que sean retirados los residuos a través de la acción de responsabilidad extracontractual del art. 1902 CC. Ello, porque el daño se ha producido sobre cosa propia del vendedor contra el que se reclama, ... ver másSe analiza en esta sentencia la consideración del Tribunal Supremo que manifiesta que el adquiriente de la finca contaminada por actos de un anterior propietario no puede encauzar su pretensión de que sean retirados los residuos a través de la acción de responsabilidad extracontractual del art. 1902 CC. Ello, porque el daño se ha producido sobre cosa propia del vendedor contra el que se reclama, de manera que el actor tenía que haber exigido una responsabilidad de índole contractual, bien para solicitar la resolución del contrato, o bien, el saneamiento de la cosa vendida por vicios o defectos ocultos. ver menos
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/02/2009
Resumen: 
Artículo que analiza la sentencia de un proceso en el que el adquiriente de una finca que resulta estar contaminada tiene, frente al anterior propietario, una acción que es de naturaleza extracontractual (art 1902 CC), concretándose el daño en la necesidad de llevar a cabo los trabajos de descontaminación. Frente a esta acción no cabe oponer el art. 1484 del CC que regula el saneamiento por vicios... ver másArtículo que analiza la sentencia de un proceso en el que el adquiriente de una finca que resulta estar contaminada tiene, frente al anterior propietario, una acción que es de naturaleza extracontractual (art 1902 CC), concretándose el daño en la necesidad de llevar a cabo los trabajos de descontaminación. Frente a esta acción no cabe oponer el art. 1484 del CC que regula el saneamiento por vicios ocultos, cuando éstos se ponen de relieve con el tiempo y no dentro del reducido plazo de seis meses que concede el Código Civil para solicitar el saneamiento. ver menos
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
22/12/2008
Resumen: 
Responsabilidad extracontractual. Medio ambiente. Vertidos ilegales. Los daños causados por
vertidos ilegales sobre el solar transmitido después en compraventa, no pueden ser reclamados por la
vía de la responsabilidad extracontractual. Distinción entre responsabilidad contractual y
extracontractual: es aplicable el regimen de responsabilidad extracontractual, aunque exista una
relació... ver más
Responsabilidad extracontractual. Medio ambiente. Vertidos ilegales. Los daños causados por
vertidos ilegales sobre el solar transmitido después en compraventa, no pueden ser reclamados por la
vía de la responsabilidad extracontractual. Distinción entre responsabilidad contractual y
extracontractual: es aplicable el regimen de responsabilidad extracontractual, aunque exista una
relación obligatoria previa, cuando el daño no haya sido causado en la estricta orbita de lo pactado
por tratarse de daños ajenos a la naturaleza del negocio aunque hayan acaecido en la ejecución del
mismo, siendo de aplicación el régimen contractual cuando en un determinado supuesto de hecho la
norma preve una consecuencia jurídica específica para el incumplimiento de la obligación. Para que
pueda exigirse una responsabilidad extracontractual es requisito necesario la alteridad de los daños
causados, requisito no concurrente en el presente caso pues el daño se ha producido sobre cosa
propia del vendedor contra el que se reclama. El recurso de casación solo puede dirigirse contra las
razones determinantes del fallo, integrantes de la "ratio decidendi" pero no contra los argumentos
auxiliares. ver menos
8
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/12/2008
Resumen: 
Se enjuicia la pretensión basada en los arts. 1902 y 1908 CC de un grupo de propietarios de fincas rústicas de que se les indemnice por parte de una empresa de procesado de aluminio por entender que le ha causado graves daños en sus terrenos como consecuencia de las emanaciones de fluor provenientes de dicha explotación. Tanto el Juzgado de 1ª Instancia como la Audiencia estimaron las pretensiones... ver másSe enjuicia la pretensión basada en los arts. 1902 y 1908 CC de un grupo de propietarios de fincas rústicas de que se les indemnice por parte de una empresa de procesado de aluminio por entender que le ha causado graves daños en sus terrenos como consecuencia de las emanaciones de fluor provenientes de dicha explotación. Tanto el Juzgado de 1ª Instancia como la Audiencia estimaron las pretensiones de los actores. ver menos
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
29/10/2008
Resumen: 
Acción de responsabilidad civil extracontractual del adquirente de una finca frente a anterior
propietario, por gastos de descontaminación tras haber éste desarrollado una industria de elaboración
de fertilizantes. No hay infracción del art. 1908.4 CC, cuya aplicación por la sentencia es meramente
formal, ya que el fallo se basa en la aplicación del art. 1902 CC. Se hace supuesto de la cu... ver más
Acción de responsabilidad civil extracontractual del adquirente de una finca frente a anterior
propietario, por gastos de descontaminación tras haber éste desarrollado una industria de elaboración
de fertilizantes. No hay infracción del art. 1908.4 CC, cuya aplicación por la sentencia es meramente
formal, ya que el fallo se basa en la aplicación del art. 1902 CC. Se hace supuesto de la cuestión al
volver a someter a juicio la prueba de los daños padecidos por el demandante y la existencia de un
nexo causal. No hay prescripción porque, si bien se abandonó la actividad industrial hace muchos
años, la doctrina jurisprudencial ha entendido que cuando el hecho determinante del daño se oculta o
se desconoce, el cómputo de la prescripción comienza cuando se tuvo conocimiento del acto
perjudicial o del daño objeto de reclamación. No hay infracción de la doctrina relativa a la unidad de
culpa civil, al apreciarse exclusivamente responsabilidad civil extracontractual. Cuando el daño se
produce por el ejercicio normal o anormal de una actividad de la cual se obtiene un beneficio
económico, la carga de la prueba se invierte, sin que baste la prueba del cumplimiento de las
disposiciones legales encaminadas a la adopción de garantías para prevenir y evitar los daños para
exonerarse de la responsabilidad. La impugnación casacional ha de dirigirse contra la sentencia de
apelación, no contra la de primera instancia. ver menos
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
04/09/2008
Resumen: 
Responsabilidad extracontractual: inmisiones al medio ambiente
Página: 1/1
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