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Las bicicletas eléctricas no son vehículos a motor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil | Boletín de Novedades - Estudio Crítico
Número
03 | 1387
Fecha
01/03/2024
Fecha Fuente Secundaria
08/03/2024
Páginas totales
5
Formato
Página inicial-final
22-26
Resumen
Con motivo de la irrupción de los VMP en nuestras vidas, en este estudio se analiza el marco regulatorio necesario para favorecer una circulación ordenada de estos, en respuesta a los problemas relativos a la seguridad vial que causan.
En la actualidad, como no se consideran vehículos a motor, no se les aplica la legislación sobre el seguro de responsabilidad civil en la circulación de vehículos a motor, sino el 1902 del Código Civil, que es la norma general en este ámbito cuando no existe una normativa específica.
Esta cuestión está dando lugar a una jurisprudencia ciertamente contradictoria con respecto al criterio de atribución de responsabilidad civil de los usuarios, propietarios y arrendadores.
Notas
Entidades
Lugar/es
Personas
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