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Autor
Tribunal
Tribunal Superior de Justicia - Madrid
Fecha
17/12/2020
Ponente
Gómez Álvarez, María Elisa
Sala
Contencioso-Administrativo
Sección
Procedimiento
Número de Recurso
690/219
Número de Resolución
ECLI
Cendoj
28079330062020100583
Resumen
Las mutuas laborales no pueden reclamar a las aseguradoras los gastos sanitarios futuros a través de la TGSS. En el presente caso, se discute por la aseguradora -que ya ha abonado los gastos futuros al Sistema Público de Salud en cumplimiento del artículo 114 de la LRCSCVM- es si la mutua ostenta o no título jurídico para reclamar vía TGSS dichos gastos sanitarios futuros, si previamente no se le ha reconocido en un procedimiento declarativo tal derecho.
Entidades
Lugares
Personas
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