La Sentencia núm. 228/2010, de 25 de marzo, de la Sala Primera del Tribunal Supremo, con ponencia de su Presidente, el Sr. Xiol Ríos, constituye un verdadero hito en el ámbito del llamado Derecho de Daños. Para el autor de este trabajo, esta resolución supone un acto de verdadera valentía, que decide afrontar un problema crítico de nuestro Derecho de Daños, intentando poner orden allí donde otros con más responsabilidad que la Sala Primera no lo hicieron antes. En este estudio se hace un análisis de los problemas que ha planteado el resarcimiento del lucro cesante en nuestro ordenamiento jurídico, haciendo hincapié en los pronunciamientos relevantes sobre esta cuestión del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, para terminar advirtiendo del extraordinario esfuerzo probatorio que las parte tienen que hacer, tras la doctrina expuesta en la STS de 25 de marzo de 2010.