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1
Autor corporativo: 
Fuente: 
Actualidad Aseguradora | Actualidad Aseguradora Mediación
Editor: 
Fecha: 
22/05/2023
Resumen: 
Análisis de una sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza sobre los daños ocasionados a un menor por el uso de un patinete eléctrico adaptado a niños en un parque recreativo infantil.
2
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
06/02/2020
Resumen: 
Responsabilidad civil médica. Cosa juzgada. Pronunciamiento absolutorio penal. Derecho fundamental a la integridad física. Reclamación de Daños futuros.
3
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Fecha: 
01/01/2019
Resumen: 
¿Se puede entender como daño sobrevenido a efectos del baremo de tráfico la agravación de una secuela preexistente?
4
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
21/04/2016
Resumen: 
1. La nulidad del contrato de transacción

1.1. Consideraciones generales

1.2. El objeto de la transacción

1.3. La causa

1.4. Vicios del consentimiento

1.4.1. Consideraciones generales

1.4.2. El compromiso de pago

1.4.3. La renuncia de acciones

1.4.4. El error

1.4.5. Dolo, violencia o falsedad de documentosver más
1. La nulidad del contrato de transacción

1.1. Consideraciones generales

1.2. El objeto de la transacción

1.3. La causa

1.4. Vicios del consentimiento

1.4.1. Consideraciones generales

1.4.2. El compromiso de pago

1.4.3. La renuncia de acciones

1.4.4. El error

1.4.5. Dolo, violencia o falsedad de documentos



2. El art. 43 LRCSCVM: alteración sustancial de las circunstancias y daños sobrevenidos

2.1. Diferencias con la regulación anterior

2.2. Dualidad de supuestos

2.3. Alteración de las circunstancias

2.3.1. Consideraciones generales

2.3.2. Presupuestos: posterioridad, relevancia y excepcionalidad

2.4. Daños sobrevenidos

2.4.1. Consideraciones generales

2.4.2. Daños nacidos con posterioridad al acuerdo indemnizatorio

2.4.3. Daños preexistentes que se manifiestan tras el acuerdo

2.4.4. Agravación de los daños preexistentes. ver menos
5
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/11/2014
Resumen: 
Reclamación de daño emergente de tracto sucesivo vitalicio, correspondiente al coste de la asistencia sanitaria que requiere el lesionado el resto de su vida en un centro socio-sanitario.
6
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
29/07/2014
Resumen: 
En un accidente de circulación, se salió el vehículo de la carretera en una curva e impactó contra un muro, el pasajero sufrió un traumatismo craneoencefálico grave, ocasionándole una tetraparesia espástica.
7
Autor corporativo: 
Fuente: 
Revista de Responsabilidad Civil
Editor: 
Madrid
Fecha: 
01/12/2010
Resumen: 
La Sentencia núm. 228/2010, de 25 de marzo, de la Sala Primera del Tribunal Supremo, con ponencia de su Presidente, el Sr. Xiol Ríos, constituye un verdadero hito en el ámbito del llamado Derecho de Daños. Para el autor de este trabajo, esta resolución supone un acto de verdadera valentía, que decide afrontar un problema crítico de nuestro Derecho de Daños, intentando poner orden allí donde otros ... ver másLa Sentencia núm. 228/2010, de 25 de marzo, de la Sala Primera del Tribunal Supremo, con ponencia de su Presidente, el Sr. Xiol Ríos, constituye un verdadero hito en el ámbito del llamado Derecho de Daños. Para el autor de este trabajo, esta resolución supone un acto de verdadera valentía, que decide afrontar un problema crítico de nuestro Derecho de Daños, intentando poner orden allí donde otros con más responsabilidad que la Sala Primera no lo hicieron antes.
En este estudio se hace un análisis de los problemas que ha planteado el resarcimiento del lucro cesante en nuestro ordenamiento jurídico, haciendo hincapié en los pronunciamientos relevantes sobre esta cuestión del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo, para terminar advirtiendo del extraordinario esfuerzo probatorio que las parte tienen que hacer, tras la doctrina expuesta en la STS de 25 de marzo de 2010. ver menos
8
Título
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
26/11/2010
Resumen: 
Los demandantes eran propietarios de tierras y casas próximas a la fábrica de cemento de la
demandada CEMEX. Desde la instalación de la fábrica en 1966, se habían producido una serie de daños
consistentes en inmisiones por ruido, lumínicas y por polvo provenientes de dicha fábrica.
Inmisiones. Condena de daños futuros. Supuesto de la cuestión. Indemnización.
9
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
22/11/2010
Resumen: 
Los perjudicados por el accidente de circulación ocurrido el 12 de noviembre de 2000 (conductor, su esposa e hijo) formularon demanda contra la aseguradora del vehículo causante en reclamación de la indemnización correspondiente al daño sufrido, en la que, con base en el principio del resarcimiento íntegro, se solicitaba una cantidad por gastos médico-hospitalarios futuros, que se calculaba según ... ver másLos perjudicados por el accidente de circulación ocurrido el 12 de noviembre de 2000 (conductor, su esposa e hijo) formularon demanda contra la aseguradora del vehículo causante en reclamación de la indemnización correspondiente al daño sufrido, en la que, con base en el principio del resarcimiento íntegro, se solicitaba una cantidad por gastos médico-hospitalarios futuros, que se calculaba según informe de actuario. Y todo ello, más los intereses legales del artículo 20 LCS . ver menos
10
Autor corporativo: 
Fuente: 
Editor: 
Fecha: 
04/11/2010
Resumen: 
Don Narciso y Doña María Cristina, actuando en su propio nombre y en el de su hija menor de edad, Eugenia, ejercitaron una acción de responsabilidad civil extracontractual (art. 1902 CC ) contra Don Fulgencio, médico especialista en ginecología y obstetricia, que atendió a la madre durante el periodo de gestación y el parto mediante cesárea, y también acción de responsabilidad civil contractual (a... ver másDon Narciso y Doña María Cristina, actuando en su propio nombre y en el de su hija menor de edad, Eugenia, ejercitaron una acción de responsabilidad civil extracontractual (art. 1902 CC ) contra Don Fulgencio, médico especialista en ginecología y obstetricia, que atendió a la madre durante el periodo de gestación y el parto mediante cesárea, y también acción de responsabilidad civil contractual (art. 1101 CC ) y de responsabilidad extracontractual solidaria por hecho ajeno (art. 1903.4 CC ), contra la Compañía de Seguros "Sanitas" (con la que había celebrado la Doña María Cristina un contrato de seguro de asistencia sanitaria), por los daños morales y patrimoniales derivados del nacimiento de una niña con focomelia por ausencia de ambas manos y dos terceras partes de los antebrazos. ver menos
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