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El tratamiento de las llamadas Cláusulas sorpresivas como cláusulas limitativas de los derechos del asegurado
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
01/02/2008
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
47-51
Formato
Página inicial-final
Resumen
Artículo que analiza el proceso mediante el cual Equipamientos Eléctricos demandó a Aegon centrándose el litigio en la determinación del concepto de "Beneficio Bruto"; si ha de ser el recogido en la Condición General Tercera, Cobertura Complementaria Quinta, que lo define como la suma que resulte de añadir al beneficio neto, la cantidad de gastos permanentes asegurados, y, si no hay beneficio neto, la cantidad de dichos gastos asegurados respecto de los gastos permanentes del negocio; o el contable, consistente en el obtenido de la explotación antes de aplicarle los impuestos, sin gastos financieros ni amortizaciones según el Plan General de Contabilidad.
Notas
Lugar/es
Personas
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