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Cobertura aseguratoria incluso cuando no se haya pagado la prima
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Actualidad Aseguradora - Especial Análisis Jurídico
Número
Fecha
03/05/1999
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
1
Formato
Página inicial-final
Resumen
Las entidades aseguradoras, según se establece en la Ley de Contrato de Seguro, deben cubrir durante un periodo de un mes después del vencimiento de la póliza del seguro las coberturas del mismo y durante seis meses más en caso de que durante los mismos la aseguradora no hubiese hecho saber al asegurado su intención de dar por finalizado el contrato de seguro por falta de pago de la prima correspondiente al mismo. La aseguradora Pelayo, obligada por una sentencia de la Audiencia provincial de Madrid, tuvo que indemnizar a un asegurado que sufrió un accidente de automóvil a pesar de no haber pagado la prima correspondiente al seguro cuatro meses después de finalizado la validez del mismo por no reclamarle a su debido tiempo el pago de la renovación de la póliza.
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