Sentencia Sala primera de 26 de septiembre de 1997: Prescripción de la acción. Comienzo del plazo (art. 1969 del Código Civil). Culpa civil extracontractual. La declaración de incapacidad no interrumpe la prescripción de la acción ejercitada mucho después del año siguiente al pago del título ejecutivo recaído en diligencias previas.