Audiencia Provincial de Cádiz, Sección octava, sentencia de 9 de noviembre de 2000: Responsabilidad de las empresas concesionarias de autopistas. El deber que legalmente recae sobre las empresas concesionarias frente a los usuarios no constituye, sin más, un signo absolutamente objetivista en la estimación de la culpa, ni de afirmación de la responsabilidad por riesgo, si no la base de asentar los pilares que fundamenten, cuando menos, la inversión de la carga de la prueba.