Sentencia Audiencia Provincial de Vizcaya, sección cuarta, sentencia de 28 de abril de 1999: Responsabilidad médica. El facultativo tiene obligación de informar al paciente del diagnóstico de la enfermedad o lesión que padece, del pronóstico que de su tratamiento puede esperarse y de los riesgos del mismo, pero no es preciso que el cumplimiento de dicha obligación conste por escrito.