Reflexión sobre la Sentencia de la Sala Primera de Tribunal Supremo de 19 de junio de 2017 del ponente Francisco Javier Orduña Moreno en la que una entidad de servicios funerarios formuló una demanda a la entidad aseguradora por tres contratos de cesión de crédito por los que los familiares de la fallecida, habían cedido a la demandante los créditos que pudieran derivarse de un contrato de seguro de decesos.