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Sentencias

Autor
Tribunal
Tribunal Supremo -
Fecha
08/05/2008
Ponente
Xiol Ríos, Juan Antonio
Jurisdicción
Sala
Sección
Procedimiento
Recurso de casación
Número de Recurso
1170/2001
Número de Resolución
287/2008
ECLI
Cendoj
28079110012008100444
Resumen
Administración de cuentas en comunidad hereditaria y contratos sobre bienes de dicha comunidad. Litisconsorcio pasivo necesario: No se estima; es un requisito procesal apreciable de oficio y fundado en el principio de audiencia y prohibición de la indefensión que evita resoluciones que no puedan hacerse efectivas contra los que no fueron llamados a juicio e impide resoluciones contradictorias; entre los litisconsortes debe existir un nexo común nacido de vinculaciones subjetivas resultantes de los derechos deducidos en juicio de modo que pueda preverse que todos ellos quedarán afectados por la resolución siempre que esta afectación sea directa. Incumplimiento por el administrador de sus obligaciones y falta de diligencia: No se estima. Uso del bien por uno de los comuneros: La utilización de la finca por uno solo de los partícipes en la comunidad hereditaria, excluyendo el uso o el goce de los demás, es ilegítima; no se admiten los actos particulares de los comuneros sin asentimiento de los demás salvo que la actuación redunde en claro provecho de la comunidad. La valoración de la prueba es facultad del tribunal de instancia ajena a la casación. No cabe en casación alegar la concurrencia de temeridad o circunstancias excepcionales para dejar sin efecto un pronunciamiento sobre costas de la sentencia recurrida. No existe vencimiento cuando la estimación de la demanda en apelación incluye pronunciamientos absolutorios consentidos en la sentencia de primera instancia.
Entidades
Lugares
Personas
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