El Consejo de Ministros aprueba el endurecimiento de penas por conducir bajo los efectos del alcohol
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BDS Sección Entorno
Fecha
20/10/2003
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Resumen
Noticia en la que se anuncia el paquete de medidas que endurecen las sanciones a infractores de la Ley de Seguridad Vial y que el Gobierno ha propuesto para que se introduzcan en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado. El plan contempla multas de entre 1.000 y 3.000 euros para aquellos conductores que sean sorprendidos al frente de un vehículo sin el seguro obligatorio. En esos casos, el vehículo quedará retenido durante un mes, o tres meses en caso de reincidencia y un año si el infractor lo recupera quebrantando el depósito. También establece penas de cárcel de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días a quienes conduzcan bajo influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o bebidas alcohólicas, además de la privación del permiso de conducir por tiempo superior a un año. A los autores de tres infracciones graves se les impondrá, junto a la sanción económica, la suspensión del permiso o licencia de conducir, y se considerará reincidentes a aquellos sancionados en firme por vía administrativa durante los dos años anteriores por tres infracciones graves. En el caso de los conductores noveles, la retirada del permiso se producirá si en los dos años siguientes a la obtención del mismo incurren en tres infracciones graves o muy graves. La conducción sin carné implicará la imposibilidad de obtenerlo durante un año más el depósito obligatorio del vehículo. El resto de medidas son preventivas y educativas.