Nulidad de cláusulas contractuales. Cláusulas abusivas: no se aplica la nulidad de la Ley de consumidores y usuarios no de la de condiciones generales de la contratación, que se remite a la anterior, ya que la empresa contratante no es consumidor. Doctrina de los actos propios. No se aplica cuando se trata simplemente del consentimiento contratual y no impide que posteriormente se impugne el contraro si procede.