Para las intervenciones quirúrgicas que conlleven el empleo de anestesia, es necesario el consentimiento previo del paciente. En este momento el médico informará al paciente sobre la intervención. El paciente firmará la información sobre la intervención y los riesgos que conlleva. Cualquier error que no se exponga en la información no está amparado por el consentimiento del paciente, así como cualquier error o deficiencia que se ocasione no habiendo constancia por escrito de que se hubiera informado al paciente. En una sentencia del Tribunal Supremo, se rebate el argumento del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de no informar a los representantes de un paciente menor de edad (que fue operado y quedó inválido) de los riesgos que corría, ya que era necesario operarlo pese a esos riesgos, motivo por el cual deniega indemnización. En la sentencia se expone que el derecho a la asistencia sanitaria no se agota en la prestación de atenciones médicas y farmaceúticas sino que incluye el derecho a la información previa al sometimiento a cualquier intervención quirúrgica. Se concluye exponiendo que si se hubiese informado del riesgo que corría el paciente, el caso no sería indemnizable. La indemnización proviene de la falta de información que se ha dado a los representantes del paciente menor de edad.