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Absolución de los propietarios de un local por haber acreditado que realizaron obras tendentes a insonorizarlo
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
2
Fecha
01/02/2022
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
2
Formato
Página inicial-final
54-55
Resumen
Se analiza un delito de contaminación acústica, previsto en el art. 325 C.P, donde se exige como elemento subjetivo el conocimiento del riesgo grave y la no realización de las medidas correctoras destinadas a evitar esos riesgos. El criterio de la jurisprudencia del Tribunal Supremo señala expresamente que obra con dolo es aquel que, conociendo el daño generado, no adopta ninguna medida para evitar la realización del tipo. Se infiere que no se tratas de un delito contra el medio ambiente.
Notas
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