El autor explica una sentencia que tiene por acreditado que el demandante sufre daños continuados que tienen su origen en humos y calor provenientes de la chimenea del demandado. Esta circunstancia es relevante, a juicio de la Audiencia, para considerar que existen inmisiones intolerables que afectan al demandado, con independencia de que el local del demandante cumpla o no con las normas administrativas. Concluye que la prohibición de causar un daño a otro o `alterum non laedere` justifica la adopción de una sentencia en el orden civil.