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La cláusula que establece el alcance de la cobertura de daños propios de vehículos a motor no es limitativa sino delimitadora del riesgo.
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
8
Fecha
01/09/2021
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
6
Formato
Página inicial-final
55-60
Resumen
Se analiza en esta sentencia el alcance de la cobertura de daños propios incluida en un contrato de seguro obligatorio de vehículo a motor, al objeto de determinar si todos los conceptos que se incluyen en la reclamación formulada por el asegurado a su compañía tras un siniestro (valor venal del vehículo, redacción del presupuesto de reparación, gastos por el depósito del vehículo en taller y la paralización del vehículo) deben estar incluidos o si, por el contrario, están excluidos atendiendo a la definición de la cláusula controvertida contenida en las condiciones generales de la póliza, y a la que se refiere el condicionado particular del seguro.
Notas
Entidades
Lugar/es
Personas
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