Se analiza en esta sentencia el alcance de la cobertura de daños propios incluida en un contrato de seguro obligatorio de vehículo a motor, al objeto de determinar si todos los conceptos que se incluyen en la reclamación formulada por el asegurado a su compañía tras un siniestro (valor venal del vehículo, redacción del presupuesto de reparación, gastos por el depósito del vehículo en taller y la paralización del vehículo) deben estar incluidos o si, por el contrario, están excluidos atendiendo a la definición de la cláusula controvertida contenida en las condiciones generales de la póliza, y a la que se refiere el condicionado particular del seguro.