Se plantea como cuestión jurídica si el conductor, el propietario de la furgoneta y la aseguradora deben indemnizar por las lesiones sufridas por el acompañante que, cuando estaba durmiendo bajo los efectos del alcohol en el interior de la furgoneta, correctamente estacionada en una zona de aparcamiento, abrió la puerta y cayó `a plomo` al suelo.
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