Reseña: RESPONSABILIDAD CIVIL. PRODUCTOS DEFECTUOSOS. Rotura del cable que sujetaba la pluma del puente de una grúa. Responsabilidad del proveedor. La empresa declarada suministradora del cable no informó de que fuera otro el productor, suministrador o importador, por lo que debe considerarse la proveedora del producto defectuoso y como tal responsable del accidente por efecto de los arts. 135 y 138 LGDCU.