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La aseguradora responde de la invalidez temporal cubierta en la propuesta de seguro aunque no en las condiciones de la póliza
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
La Ley - Jurisprudencia
Número
9309
Fecha
29/11/2018
Fecha Fuente Secundaria
29/11/2018
Páginas totales
2
Formato
Página inicial-final
Resumen
Los efectos de la póliza no se retrotrajeron al momento en el que se formuló la propuesta de seguro. Esta era el único clausulado vigente que regía el contrato de seguro en la fecha del siniestro.
Notas
Entidades
Lugar/es
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