Revista de Responsabilidad Civil - Derecho de la Circulación
Número
8
Fecha
01/09/2018
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
2
Formato
Página inicial-final
52-53
Resumen
La AP considera que el siniestro que ahora se enjuicia constituye un hecho de la circulación, por cuanto los daños causados tuvieron lugar cuando el camión se encontraba circulando, no detenido realizando labores de carga o descarga.