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El Banco de España alerta sobre algunos casos de venta de seguros de Protección de Pagos por la banca
Cree contrario a las buenas prácticas la venta de seguros en casos en los que no se adaptan a las condiciones del reclamante en la contratación

Autor
Autor corporativo
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BDS    Sección   Actualidad
Fecha
26/12/2014
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Resumen
La Memoria del Servicio de Reclamaciones de la División de Conducta de Entidades dentro del Departamento de Conductas de Mecado y Reclamaciones (DCMR) ha llamado la atención sobre casos en los que la banca no vela por el interés de sus clientes, especialmente en la contratación de seguros de protección de pagos. En su memoria, el Departamento del Banco de España no entra en las competencias de la DGSFP, pero si señala que el principal motovio de reclamación suele ser la comercialización de seguros de protección de pagos que no se adaptan a las condiciones del reclamante en el momento de la suscripción. Así, se han recibido reclamaciones porque, sobrevenida la situación de desempleo del asegurado, no ha resultado aplicable por no reunir las condiciones exigidas en el contrato (empleados por cuenta ajena, con contrato indefinido... Asimismo, el Banco de España reconoce que la exigencia de seguros de daños y de protección de pagos para la contratación de un préstamo suele generar muchas reclamaciones. La memoria del DCMR también hace referencia a las resoluciones emitidas que han supuesto el traslado a otros organismos supervisores y las reclamaciones sobre valores y seguros.
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