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La valoración de los inmuebles de las aseguradoras, cada dos años

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
BDS    Sección   Noticias del sector
Fecha
08/03/2013
Página inicial-final
5       Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El BOE de 8 de marzo publica la Orden Ministerial sobre normas de valoración de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras. Por la misma, se determina que las aseguradoras solicitarán de una entidad tasadora autorizada la revisión de las valoraciones de los inmuebles de su propiedad y de los derechos reales inmobiliarios inscritos a su favor, una vez hayan transcurrido dos años desde la anterior valoración. Excepcionalmente, la DGSFP podrá reducir el plazo de los dos años cuando fuese necesario para evitar sobrevaloraciones de los inmuebles.
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