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El PSOE planea que se pueda movilizar el ahorro entre planes de pensiones y seguros

Autor
Autor corporativo
Editor
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Organizador
Fuente
BDS    Sección   Noticias del sector
Fecha
24/05/2006
Página inicial-final
8-9       Págs. Totales 2
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El pasado 23 de mayo concluyó el plazo para la presentación de enmiendas parciales al Proyecto de Ley de reforma del IRPF. La noticia da cuenta de las enmiendas más relevantes presentadas por las distintas formaciones políticas. Entre las diferentes propuestas de cambio que los grupos políticos han planteado al texto actual destaca la enmienda del grupo socialista para posibilitar la movilidad del dinero entre productos de jubilación. De esta forma, no sólo se podría trasladar el ahorro de un plan de pensiones a otro, como en la actualidad, sino también movilizarlo entre planes de pensiones y seguros. Otras enmiendas de los socialistas piden que sea condición para que los planes individuales de ahorro sistemático (PIAS) gocen de un tratamiento fiscal favorable el que se constituya una renta vitalicia asegurada en el momento de recuperar el ahorro; que se eleve de 3.005 a 4.500 euros anuales los gastos deducibles en IRPF en virtud de contratos de seguros, concertados con mutualidades de previsión social por profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de trabajadores por cuenta propia o autónomos, siempre que actúen como alternativa al régimen especial mencionado de la Seguridad Social. Desde el grupo parlamentario popular se pide que se mantengan los actuales límites en máximos con derecho a deducción por las aportaciones a planes de pensiones. ERC solicita en sus enmiendas que, en la tributación del ahorro, se establezca una reducción del 10% sobre el tipo único para los rendimientos netos generados en un período superior a los dos años, y una rebaja del 20% para los percibidos en más de cinco años. Asimismo, CIU ha propuesto que los seguros de vida apliquen un tipo reducido del 15% y del 12%, respectivamente, para los rendimientos del capital derivado de seguros de vida o invalidez correspondientes a primas con más de 5 y de 8 años de antigüedad, respectivamente. Asimismo, la noticia recoge las materias que los grupos han solicitado en relación al régimen fiscal de los seguros de dependencia.
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