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El trabajo de los peritos puede realizarse en régimen laboral o de arrendamiento de servicios

Autor
Autor corporativo
Editor
Evento
Organizador
Fuente
Actualidad Aseguradora    Sección   Análisis Jurídico    Número  18
Fecha
16/05/2005
Página inicial-final
7       Págs. Totales 1
Tipo documento
Descripción física
Resumen
El trabajo de valoración de daños de los peritos tasadores de seguros, puede realizarse tanto en régimen laboral como en régimen de arrendamiento de servicios. Así se desprende de esta sentencia del Tribunal Supremo en la que se indica que la elección entre una y otra posibilidad corresponde a las compañías y a los peritos tasadores, los cuales, de común acuerdo, pueden dar a la relación de servicios la configuración que tengan por conveniente.
Notas
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