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Venezuela: Las aseguradoras deberán destinar el 5% de su cartera a `micropólizas`. Según establece la Ley de Seguros y Reaseguros
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BDS América Latina - Latinoamérica
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Fecha publicación
21/11/2001
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Página inicial-final
Resumen
Entre las novedades de la Ley de Seguros y Reaseguros, publicada la pasada semana en la Gaceta Oficial, aparece que las aseguradoras venezolanas deberán destinar el 5% de su cartera a `micropólizas` (contratos para personas cuyos ingresos no superen los 316.800 bolívares). El texto legal estipula que ese porcentaje servirá "para ofrecer contratos de seguros a las personas naturales que tengan ingresos de hasta 2 salarios mínimos, destinados a proteger riesgos tales como gastos odontológicos, servicios funerarios y accidentes personales", y las primas de esos seguros no podrán superar el 50% de un salario mínimo. Otra novedad se refiere a la invitación a las compañías a participar en el desarrollo del sector microfinanciero, por medio de pólizas destinadas a cubrir los riesgos de insolvencia de los deudores (fijando el importe de esas primas en el 5% de la cartera). En cuanto a los requisitos para operar, se establece para las entidades de Seguros Generales o Vida un capital mínimo de 1.320 millones de bolívares, mientras las que operen en ambos negocios deberán elevar su capital a 2.640 millones de bolívares. Por último, el texto señala que las juntas directivas de las aseguradoras deberán estar formadas por cinco miembros.
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