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Argentina: La reforma del sistema `obligará` a las AFJP a variar sus comisiones. Dará paso a la supresión del actual sistema estatal
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Autor corporativo
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BDS América Latina - Latinoamérica
Número
Fecha publicación
15/11/2000
Fecha Fuente Secundaria
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Formato
Página inicial-final
Resumen
Los cambios anunciados por el presidente de la República, Fernando de la Rúa, van a traer consigo importantes modificaciones cuando se produzca su entrada en vigor. Se establece que los trámites para obtener la jubilación o pensión deberán efectuarse directamente en cada Administradora de Fondos de Jubilación y de Pensiones (AFJP), en lugar de hacerlo en la ANSES (Administración Nacional de Seguridad Social). El proyecto de reforma contempla la supresión del régimen estatal público para todos los nuevos empleados, la subida de la edad de jubilación para las mujeres hasta los 65 años, la anulación de la Prestación Básica Universal (PBU) para los futuros jubilados, y variaciones en aspectos como inversiones y comisiones de las AFJP (las entidades no podrán cobrar a sus afiliados una suma fija más una variable, sino un porcentaje de su sueldo). La mayor parte de las Administradoras deberán modificar sus comisiones. Las bonificaciones con que ahora cuentan las comisiones por la regularidad en el pago de los aportes deberán realizarse sobre el total de la comisión y no sobre una parte de ella, como hasta ahora.
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