La Sala de instancia estima en parte en su sentencia el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra la resolución desestimatoria presunta de la reclamación de responsabilidad patrimonial deducida con base o fundamento en una deficiente asistencia sanitaria. La cuestión clave radica en determinar si la Administración debe responder de las secuelas derivadas del infarto cerebral sufrido en el Hospital Miguel Servet de esta Ciudad el día 26 de noviembre de 1998 por el Sr. Jose Antonio ., a quien se le había practicado el día 4 de dicho mes y año hemiglosectomía asociada a mandibulectomía alveolemaxilar y vaciamiento radical derecho por carcinoma epidermoide de estructuras linguales y mandibulares.