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Sentencias

Autor
Tribunal
Tribunal Supremo - Madrid
Fecha
01/03/2011
Ponente
LUIS MARIA DIEZ-PICAZO GIMENEZ
Sala
Tercera
Sección
6
Procedimiento
Recurso de casación
Número de Recurso
4813/2006
Número de Resolución
--
ECLI
Cendoj
Resumen
El Canal Burgos empezó a emitir televisión local antes del 1 de enero de 1995, amparada en la DT de la Ley 41/1995. La Administración autonómica permitió de facto que otras cadenas emitieran. Según la citada Ley, las Comunidades Autónomas debían convocar concesiones, pero después de que el Gobierno nacional hiciese el reparto de las frecuencias mediante un Plan Técnico Nacional de Frecuencias de Televición por Ondas Terrestres, lo cual nunca tuvo lugar. Cuando finalmente el procedimiento concesional se pone en marcha, Canal Burgos queda excluido.
Entidades
Lugares
Personas
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