RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR DESCARGA ELÉCTRICA. En el supuesto examinado, la conducta del recurrente -militar especialista que manipula con las manos húmedas un ordenador y sufre una descarga eléctrica- es la causante del resulta lesivo, no imputable por tanto a la Administración, siendo a aquél a quien correspondía la carga de la prueba -que no ha intentado siquiera- para acreditar la anormalidad, bien de la instalación eléctrica, bien del apartado que manipulaba; constituyendo un riesgo derivado de la propia profesión del recurrente el que se deriva de la manipulación del aparato en cuestión y que, por ello, obligaba a observar la diligencia propia del especialista.