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Reclamación de daños y perjuicios. Reserva de la acción civil
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Derecho de la Circulación
Número
Fecha
01/11/2013
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
44-45
Formato
Página inicial-final
Resumen
1. Si el perjudicado renuncia durante la celebración del juicio a la acción penal y se reserva la acción civil. ¿Cuándo comenzaría a contar el plazo de prescripción de la acción civil, desde el momento de la reserva de la acción civil, desde el momento de la renuncia de la acción penal o cuándo finaliza el procedimiento penal?
2. Por otro lado, ¿Cuál es la doctrina del Tribunal Supremo en materia de prescripción, cuando surgen dudas o indeterminaciones sobre el día en que da comienzo el plazo relativo a la misma?
Notas
Entidades
Lugar/es
Personas
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