Accidente de circulación. Prescripción de la acción. Fallecimiento de la conductora de una ambulancia. Reclamación de indemnización de daños y perjuicios contra la empresa propietaria del vehículo y la aseguradora. Prescripción de la acción. La incoación de un procedimiento penal por un accidente de circulación retrasa el inicio del cómputo del plazo de prescripción extintiva de la acción civil hasta que alcance firmeza la sentencia absolutoria o resolución de sobreseimiento o de archivo, sin que sea aceptable condicionar (como hace la Audiencia Provincial) tal efecto interruptor al cumplimiento del presupuesto objetivo de procedibilidad penal consistente en la necesaria denuncia. En el caso, seguido juicio de faltas, archivado provisionalmente por falta de la preceptiva denuncia, el cómputo del plazo prescriptivo comienza en la fecha en que adquirió firmeza (por el transcurso del plazo de tres días para recurrirlo) el auto que decretó el archivo provisional, habiendo transcurrido más de un año desde esa fecha hasta la formulación de la demanda.