Contrato de seguro. Interpretación del artículo 17 de la ley de contrato de seguros. Ruina de un edificio al cabo de unos meses de su incendio por no haberlo dotado de una cubierta provisional. Falta de culpa del asegurado y consecuencias a cargo de la aseguradora por conocer la necesidad de esa obra, no haber advertido al asegurado y haberse limitado a ofrecerle al cabo de unos meses la cantidad equivalente a los daños del edificio inmediatos al incendio. Procedencia de los intereses del art. 20 LCS.