RESPONSABILIDAD EXTRACONTRACTUAL. ACCIDENTE DE TRABAJO. Concurrencia de culpas. Prescripción de la acción. Cómputo del plazo. Determinación de los días primero y último. Competencia de la jurisdicción civil para conocer del asunto que se inició con la cobertura que le proporcionaba una reiterada jurisprudencia, aunque esta posteriormente haya cambiado en sentido de afirmar que asuntos como el de autos (incumplimiento por el empresario del contrato de trabajo) corresponden a la jurisdicción social.