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Caballo desbocado que causa graves daños corporales en recinto ferial. Ausencia de responsabilidad en el Ayuntamiento organizador del festejo y de los padres del menos que viajaba solo en la carreta tirada por el animal
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
01/01/2010
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
24-26
Formato
Página inicial-final
Resumen
En lo tocante a la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas, doctrina y jurisprudencia vienen reconociendo que el resultado lesivo sólo puede ponerse a cargo de quien en el ámbito de sus competencias y en el ejercicio de ellas, deja de observar los deberes de vigilancia y cuidado que eran normalmente exigibles. La sentencia que ahora comentamos entiende que el daño producido no se ha debido a dejación de competencias, sino a un caballo que por causas desconocidas se desboca.
Otro aspecto a destacar de la sentencias por su relevancia doctrinal es el análisis de los requisitos que deben concurrir en el agente para que le sea de aplicación el art. 1905 CC.
Notas
Entidades
Lugar/es
Personas
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