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La consignación impide el devengo de intereses
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Actualidad Aseguradora - Análisis Jurídico
Número
Fecha
07/07/2003
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
6
Formato
Página inicial-final
Resumen
Si el artículo 20 de la LCS trata de promover la rápida satisfacción de los daños causados en beneficio de los perjudicados, motivando a las aseguradoras para que procedan a realizar el pago, o al menos, consignen las cantidades potencialmente debidas a favor de los perjudicados, la consignación hecha por el asegurador, con las condiciones señaladas, aun sin previo ofrecimiento de pago al perjudicado, evita el devengo de los intereses moratorios a cargo del asegurador.
Notas
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