Análisis de la conexión jurídica existente entre el deber de informar de la actuación profesional de los médicos y el consentimiento de los pacientes para someterse a la terapia o tratamiento. Esta relación se basa en dos principios básicos:> - Información previa acerca del estado del paciente, pronósticos y posibles tratamientos. Hay que tener en cuenta los casos en los que el paciente no quiere conocer su estado, por el que se le libera al médico de toda responsabilidad o deber de informar.> - Consentimiento del paciente para la realización de las prácticas médica que disponga el médico.> En cualquier caso sería deseable que se aplicara tanto la Ley General de Sanidad como otras legislaciones relacionadas (Ley del Medicamentos, Ley de Autopsias Clínicas... y las modificaciones para que así se llegara, en la medida de lo posible, a la completa y adecuada relación médico-paciente.> Como ejemplo de esta situación la autora del artículo expone 2 casos en los que esta relación es o se debe hacer imprescindible, estos son los casos de inseminación artificial y el de transplante de órganos.