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Compraventa de auto-taxi
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
1994
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
151
Formato
Página inicial-final
Resumen
Compraventa de auto-taxi. Rescisión del contrato. Llamada al segundo comprador para saneamiento por evicción. No ha de confundirse la acción rescisoria por fraude, prevista en el art. 1291 del Código Civil, con la acción de evicción regulada en los arts. 1474, núm.1, y siguientes del mismo Código. El comprador intermedio y el originario vendedor no pueden ser afectados por la acción rescisoria, máxime al no haber sido demandado el segundo, sin perjuicio de que éste formule la oportuna acción de saneamiento por evicción.
Notas
Materia/s
Entidades
Lugar/es
Personas
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