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Jurisdicción y competencia: jurisdicción penal y jurisdicción civil
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
01/05/2000
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
295
Formato
Página inicial-final
Resumen
Sentencia Audiencia Provincial de Málaga, sentencia de 30 de octubre de 1998: Dictada sentencia penal condenatoria, no se puede en una sentencia posterior volver sobre el mismo asunto para suplir posibles errores o deficiencias, salvo en los casos de expresa reserva de la acción civil, pero sí sobre perjuicios generados por la actuación de los demandados con posterioridad al momento de la celebración del juicio de faltas.
Notas
Entidades
Lugar/es
Personas
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