Audiencia Provincial de Cuenca, sentencia de 10 de enero de 1998: Seguro de responsabilidad civil. - La cláusula de exoneración de responsabilidad, en los supuestos de conducción bajo influencia de bebidas alcohólicas, tiene plena validez y eficacia cuando las condiciones particulares debidamente suscritas por el segurado, entre las que se encuentra la referida, está integrada con otras en una sola hoja, bajo las destacada denominación de `Riesgos excluidos` y bajo la rúbrica general, en letras mayúsculas y negritas: `cláusulas limitativas anexas a las condiciones generales de la póliza de seguro que se aceptan expresamente por el propietario, asegurado o tomador del seguro como firmante de la póliza del contrato de seguro establecido al dorso`.