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Juicio verbal del automóvil. 1. Ámbito de aplicación
Autor
Autor corporativo
Evento/Organizador
-
Fuente / sección
Revista de Responsabilidad Civil - Jurisprudencia
Número
Fecha
01/02/1999
Fecha Fuente Secundaria
Páginas totales
111
Formato
Página inicial-final
Resumen
Audiencia Provincial de Burgos, sección segunda, sentencia de 5 de noviembre de 1997: La expresión "con motivo de la circulación" no puede entenderse, a falta de mayores precisiones, en sentido causal o culpabilista, comprensivo tan sólo de los daños y perjuicios causados por quienes conducen vehículos de motor, sino que debe ser interpretada en un sentido amplio, comprensivo de todos los daños y perjuicios sufridos en eventos en que se vea involucrado un vehículo de motor que circule por una vía pública o asimilada, incluidos los daños que pueda sufrir un vehículo de motor por causa que no sea la intervención de otro vehículo de motor.
Notas
Entidades
Lugar/es
Personas
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