Análisis sobre la competencia de la Jurisdicción civil para conocer de la responsabilidad civil de la Administración por la causación de daños a las personas, planteando la cuestión de por qué pretende atribuirse en la nueva Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa nº 29/28 a esta Jurisdicción especial la competencia para conocer de la responsabilidad civil de la Administración (aunque sólo se dice patrimonial), llegando a modificarse el art. 9.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para atraer incluso los casos en los que exista responsabilidad concurrente de particulares.