Juicio Ejecutivo de la Ley de Automóvil. Admisibilidad de la demanda; requisitos cuando la misma se dirige contra el Consorcio de Compensación de Seguros. Aun cuando es necesario acreditar fehacientemente el previo requerimiento de pago con tres meses de antelación a la interposición de la demanda, que se expidió contra el Consorcio, equivale al requerimiento exigido por el art. 20.2 en su Estatuto aprobado por la Ley 21/1990.